¿Qué responsabilidad asume el avalista de una hipoteca, arrendamiento o en general una operación con terceros? Alonso. Murcia.
Según nuestro Código Civil, la obligación que asume el avalista se extingue al mismo tiempo que finaliza la del deudor. Y en igual sentido las obligaciones se extinguen: por el pago o cumplimiento, por la pérdida de la cosa debida, por la condonación de la deuda, por la confusión de los derechos de acreedor y deudor, por la compensación, y por la novación.
Quiere esto decir, que mientras exista la obligación de deudor, el avalista responde de las obligaciones que este no cumpla.
Si el avalista falleciera, y esto es un dato importante, sus herederos en el momento de aceptar la herencia, asumirían el aval otorgado por su causante, afectando a todos sus bienes ya sean presentes o futuros, porque se subrogarían en la obligación avalada.
Esto es un dato muy importante que tenemos que tener en cuenta a la hora de ofrecernos avalar operaciones, pues en el tiempo pueden llegar a afectar a nuestros herederos.
Es por esto, por lo que siempre recomendamos, que cuando se acepte una herencia se haga siempre a beneficio de inventario, a fin que los bienes hereditarios respondan de las deudas del fallecido, protegiendo nuestro patrimonio personal.