ECONOMÍA

Requisitos para acceder a la jubilación activa

La jubilación activa es una modalidad de jubilación poco conocida pero que resulta compatible con la actividad laboral. Esta opción permite al trabajador conciliar el cobro del 50% de la pensión con el desarrollo de la actividad profesional. El requisito para acceder a esta modalidad es que el trabajador se jubile una vez que alcance la edad legal de jubilación, y tras haber cotizado los años necesarios para poder cobrar el 100% de la pensión. Pero, ¿cuáles son las obligaciones del trabajador y de la empresa para este tipo de jubilación?

Actualmente, la jubilación activa es una opción por la que pocos españoles se decantan. Solo un 0,5% de la población entre 55 y 69 años acepta reducir su jornada laboral y cobrar parte de su pensión antes de jubilarse completamente frente al 6,21% de la media europea. Esto sitúa a España, en el país europeo donde menos habitual resulta que sus trabajadores combinen trabajo y jubilación. El requisito para acceder a esta modalidad es que el trabajador se jubile una vez que alcance la edad legal de jubilación, y tras haber cotizado los años necesarios para poder cobrar el 100% de la pensión.

Desde Lefebvre se han analizado cuáles son las obligaciones del trabajador y de la empresa ante esta modalidad de jubilación.

En el caso de los autónomos, éstos podrán seguir ejerciendo su actividad y jubilarse con el 100% de la pensión si tienen contratados empleados por cuenta ajena.
Las compañías pueden ahorrarse casi un 30% de las cotizaciones por trabajador, al tener que cotizar a la Seguridad Social solo por dos conceptos:

• Cuota por incapacidad temporal: la empresa se hará cargo del 1,25%, mientras que el trabajador deberá abonar el 0,25% restante, hasta alcanzar el tipo de 1,50%

Cuota especial de solidaridad: se deberá ingresar el 9% sobre la base de cotización por contingencias comunes, no computables a efectos de prestaciones. En este sentido, a la empresa le corresponde abonar el 7% mientras que el trabajador deberá hacerse cargo del 2% restante.

Para que los empleados puedan acceder a la jubilación activa la empresa debe cumplir con dos requisitos:

• En los seis meses anteriores a la jubilación activa no debe haber efectuado despidos improcedentes de empleados que pertenezcan al mismo grupo profesional que la persona jubilada.

• Durante el tiempo que dure la compatibilidad, se deberá mantener el nivel de empleo existente antes de su inicio, es decir, sostener el número de trabajadores dados de alta en los 90 días anteriores. Para calcularlo, basta con dividir la suma de trabajadores existentes en cada uno de los 90 días entre 90.

Como en toda regla, existen excepciones y no se consideran incumplidas las obligaciones de mantenimiento del empleo indicadas cuando un contrato se extingue por despido objetivo o disciplinario procedente por dimisión, fallecimiento, jubilación, incapacidad permanente del trabajador y finalización del contrato temporal.

REDACCIÓN SENIOR 50

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