Mi nombre es Lorenzo y les escribo porque quería saber algo sobre el impuesto de sucesiones. Mis padres tienen una casa en Málaga y mi hermana vive allí, pero yo resido en Burgos, otra comunidad autónoma. ¿Cómo se rige el impuesto de sucesiones? ¿Es diferente para mi hermana y para mí, por vivir en lugares diferentes?
El impuesto de sucesiones se rige por el lugar de residencia del fallecido, y la liquidación de la plusvalía por el lugar donde se encuentren inscritos los bienes.
Si su padre tiene una casa en Málaga, pero no reside allí, solo tendrán que liquidar en dicha ciudad la plusvalía del inmueble.
Y el impuesto de sucesiones, habrá que presentarlo y liquidarlo en la población, ciudad, donde resida su padre de manera habitual.
Málaga y Burgos, se encuentran dentro del régimen común, y, en consecuencia, a efectos de residencia, se entiende que el fallecido tenía su residencia habitual en aquella ciudad, población, en la que haya vivido más días, en los últimos cinco años, anteriores al momento del fallecimiento.
Es importante tener en cuenta que, si usted presenta y liquida los impuestos en otra ciudad, comunidad que no sea la correcta, tendrá el derecho a reclamar el reintegro de lo abonado, pero la comunidad competente, podrá reclamarle el abono que en tiempo y forma le habría correspondido a ella.
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